
Tras la expedición el pasado 17 de octubre de la Ley 1581 de 2012, el país cuenta hoy con una nueva herramienta que le quitará muchos dolores de cabeza a los colombianos y les permitirá conocer, actualizar y rectificar su información personal que haya sido incorporada en bases de datos, incluyendo obligaciones específicas para quienes las administren o manejen y fijando procedimientos para la presentación de consultas y reclamos, consagrando así un importante régimen sancionatorio por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio.
La nueva ley designa a la SIC como autoridad administrativa en la materia para que, a través de su Delegatura para la Protección de Datos Personales, vele por el cumplimiento de las disposiciones de la norma, ordene las medidas necesarias para su cumplimiento y adelante las investigaciones a que hubiere lugar.
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, destacó que la sanción de esta importante ley
“marca un hito en la evolución y el desarrollo del derecho fundamental de protección de datos, incluido en el ordenamiento jurídico desde 1991 y desarrollado ampliamente por la jurisprudencia de la Corte Constitucional”. Añadió que la entrada en vigencia de esta norma estatutaria, que recoge “
los más altos estándares internacionales sobre la materia, consolida el compromiso del país con la protección de la información de los colombianos, y significará para la SIC el enorme reto de ejercer una vigilancia eficaz frente a los responsables y encargados de todas las bases de datos que operan en el país”.
La nueva Ley 1581 contempla la posibilidad de que la SIC imponga sanciones de hasta 2.000 SMLMV u ordene el cierre temporal o definitivo de las operaciones relacionadas con el manejo de las bases de datos.